En Sesión Pública Virtual, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió el Recurso de Reconsideración identificado con el número de expediente SUP-REC-361/2021 promovido por Ulises Mejía Haro y diversos ciudadanos, en contra de la sentencia emitida por el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas en la que se acreditó la violencia política contra las mujeres por razones de género y se ordenó dar vista tanto al INE como al IEEZ de dichos actos, y que fuera confirmada por la Sala Regional Monterrey del TEPJF.
Al respecto, la Sala Superior del TEPJF determinó revocar parcialmente la sentencia impugnada únicamente en lo que respecta a uno de los efectos, el relativo a dar vista para incluir a los denunciados en el registro nacional y estatal, respectivamente, de infractores en materia de violencia política contra las mujeres por razones de género.
En lo concerniente a los hechos denunciados y que fueron debidamente acreditados tanto por la autoridad electoral local como por la Sala Regional Monterrey, la Sala Superior del TEPJF confirmó la comisión de violencia política contra las mujeres por razones de género por parte de los actores denunciados.