El Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas, en Sesión Pública virtual, determinó que diversos integrantes del cabildo y administración municipal de Villa González Ortega obstruyeron el derecho de ejercer efectivamente el cargo de dos regidores de dicho municipio, por lo cual, cometieron violencia política en su contra al obstruir sus funciones.
En el caso, dos regidores del cabildo de Villa González Ortega promovieron Juicios Ciudadanos para denunciar diversas conductas que consideraron constitutivas de violencia política, tales como obstrucción en el ejercicio del cargo, discriminación y denostación de su trabajo, cometidas en su contra por el Presidente, Síndica, Secretaria de Gobierno y el Director de Desarrollo Económico, respectivamente, todos integrantes de la administración municipal referida.
En sus demandas los actores señalaron, entre otras cosas, haber sido privados de su derecho a ejercer su cargo de manera libre al negarles en diversas ocasiones información que solicitaron para poder desempeñar sus funciones y, en su caso, emitir votos informados, disminuyendo el monto que por concepto de dietas les correspondía, y dándoles un trato indigno y discriminatorio.
Del estudio de los expedientes, las Magistraturas determinaron que, efectivamente, los funcionarios demandados obstruyeron el derecho de ejercer el cargo de los regidores promoventes y cometieron violencia política, lo anterior, al acreditarse que la disminución de las dietas de los actores se realizó sin sustento normativo, que se omitió proporcionarles diversa información solicitada, como informes de gastos, bitácoras, facturas, entre otras, asimismo, se denostó públicamente su labor y se omitió convocarles a diversas sesiones de cabildo, con lo cual se obstruyó el efectivo ejercicio de sus funciones y la toma de decisiones.
Por lo anterior, el Pleno del TRIJEZ ordenó se realicen las gestiones necesarias para que se efectúe el pago a los regidores promoventes, se les proporcione la información que soliciten, vinculada con el ejercicio de sus atribuciones, y se les convoque oportunamente a las sesiones de cabildo.
En esta sesión pública, el TRIJEZ resolvió 2 Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía.