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El Congreso de la Unión, soberano popular

by Franco Elizondo Marquez

Vivimos, por lo menos desde 2018, un periodo de normalidad democrática, en donde el pueblo de México ha tomado las riendas del destino de nuestro país, a través de auténticos mecanismos de democracia directa y rendición de cuentas como la consulta popular, la iniciativa ciudadana y la revocación de mandato del titular del Poder Ejecutivo Federal.

El pacto social establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es un contrato para todas las personas y autoridades que viven en el territorio nacional. Por tanto, tenemos obligaciones como sociedad y la garantía a la protección a los derechos humanos.

Dentro de este pacto, nos dimos a la tarea de asignar nuestra propia forma de gobierno. Estableciendo los siguientes principios constitucionales: la residencia de la soberanía popular en el pueblo; la democracia como un régimen de gobierno, representativa, laica y federal, asimismo, la división y colaboración entre poderes.

Conforme a los grandes teóricos de la Ilustración e intelectuales mexicanos, se decidió dividir el Supremo Poder de la Federación en tres: Legislativo, Ejecutivo y Judicial, estableciendo el carácter colegiado y bicameral del primero, el unipersonal del segundo y el colegiado del tercero.

La Cámara de Diputados se encuentra compuesta por representantes de la Nación, electos en comicios libres cada tres años; mientras que quienes integramos el Senado de la República somos la voz de las entidades federativas ante la Federación, electos por voto popular cada seis años. Somos los defensores del Pacto Federal. La función legislativa es fundamental en tiempos de la Cuarta Transformación.

Hace un par de semanas, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró la inconstitucionalidad de la primera parte del Plan B y recientemente una jueza ha ordenado al Senado de la República que someta a votación las ternas del INAI. Sin embargo, nadie puede determinar el sentido de nuestro voto, además, tal decisión judicial invade esferas y facultades entre poderes.

La revisión constitucional es fundamental en cualquier Estado social y democrático de derecho. De tal forma en democracia y, sobre todo, aquella de carácter auténtico y directamente participativo, no tiene cabida el gobierno de los jueces. Su labor es la protección de la Constitución, pero nunca pretender ser un Poder Supremo por encima de los democráticamente electos.

Las y los legisladores federales somos libres de emitir nuestros votos, y siempre en el sentido que sea popular. No nos pueden obligar a votar en contra del pueblo, el auténtico soberano. Para mayor claridad, el Congreso de la Unión se respeta.

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